Por lo que atañe al punto PRIMERO del Capítulo II del referido escrito de pruebas "PRUEBA DE INFORMES", en sus puntos 1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 7° y 8°, cuyo objeto es demostrar "si efectivamente, a la fecha de hoy, se cumplió con el objetivo por el cual se suprimió la Coordinación de Servicios médicos del Ministerio Público, Y NO QUE, SIMPLEMENTE fue una argucia, o medio simulado, para poder eliminar mas de treinta (30) cargos asistenciales médicos y paramédicos, así como efectuar un DESPIDO MASIVO de más de Veinte (20) funcionarios públicos que prestaban servicios de salud al personal del Ministerio Público", el Tribunal considera que el querellante pretende que la Fiscalía General de la República Bolivariana de Venezuela rinda un informe que contenga la justificación y la evaluación de los resultados obtenidos con la supresión de la Coordinación de Servicios Médicos del Ministerio Público y no que suministre información sobre los hechos litigiosos que aparezcan en documentos que se en.....