Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos por los abogados Humberto Gamboa León y Jenny Villamizar Salazar, actuando como apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil ITALCAMBIO, C.A., contra la Providencia Administrativa N° 194-03 dictada en fecha 01 de septiembre de 2003 por la Inspectoría del Trabajo en el Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, mediante la cual declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoada por la ciudadana Gerlys Francys Bolívar Castellano, contra la Sociedad Mercantil ITALCAMBIO, C.A.