Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara el DECAIMIENTO DEL OBJETO en la demanda interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar de secuestro, por los abogados Yudith Elizabeth Montiel Hernández, Jennifer Vilariño, Zoila Cecilia Brito Piñerúa, Magaly Coromoto Curras Espejo, Neblet Carolina Navas Gómez y Faruk Andrés Ramírez Beirutty, Inpreabogado Nros. 117.048, 98.475, 55.367, 62.699, 97.065 y 79.709, respectivamente, actuando como apoderados judiciales del INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA INDUSTRIA (INAPYMI), contra el ciudadano OSMAN GUAIFELMAR ORTIZ ARMAS, titular de la cédula de identidad Nro. 10.984.743.
SEGUNDO: Se REVOCA la medida cautelar de secuestro decretada por este Tribunal en fecha 21/03/2011, a tal efec.....