Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara PROCEDENTE la solicitud de medida de embargo preventivo formulada por el abogado Luís Manuel Mendes Rodríguez, actuando como apoderado judicial del INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA (INAVI), contra la Sociedad Mercantil UNIVERSAL DE SEGUROS, C.A, por el doble de la cantidad demandada más el 30% por concepto de costas procesales, esto es, la cantidad de tres millones ochocientos cuarenta y dos mil ochocientos quince bolívares con noventa y seis céntimos (Bs. 3.842.815,96) sobre bienes muebles propiedad de la Sociedad Mercantil UNIVERSAL DE SEGUROS C.A., luego de que se oficie a la Superintendencia de la Actividad Aseguradora, para que determine los bienes sobre los cuales será practicada dicha medida, de conformidad co.....