declara INADMISIBLE el querella funcionarial interpuesta por las abogadas FLORANGEL RODRIGUEZ ELORZA y ALMIRA MENDEZ DE UGENCIO, en su carácter de apoderadas judiciales de las ciudadanas MORELIA CHOLLETTE DE VELASQUEZ, LUISA AMELIA ALBERTO ACOSTA, MARIA ELENA BARRIOS SANZONETTI y MORELLA GONZALO DE MANTILLA, todas identificadas en el encabezamiento del presente fallo, mediante la cual solicitan a la Defensoría del Pueblo el reajuste de jubilación.