declara SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por los ciudadanos MARÍA DE LA PAZ FRAGA SAN MARTÍN y MANUEL FRAGA SAN MARTÍN, portadores de las cédulas de identidad Nros. 6.918.866 y 10.535.289 respectivamente, representados por el abogado Carlos Alberto Ortega Yépez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 54.448, contra el acto administrativo contenido en el oficio N° 2642 de fecha 10 de octubre de 2005, suscrito por la Directora de Ingeniería y Planeamiento Urbano Local (E) de la Alcaldía del Municipio Sucre del Estado Miranda, mediante el cual se declaró improcedente la prescripción de las acciones que pudieran haber surgido con motivo de no haber tramitado ni obtenido el permiso de construcción del inmueble constituido por un lote de terreno y la casa quinta sobre el construida, ubicada en la Tercera Avenida, manzana "G", Grupo 3, N° 42, N° de catastro 402-05-16, denominada anteriormente "PECUSMAG", ahora "ARMONIA", Urbanización Campo Claro, Pa.....