declara:
1- IMPROCEDENTE la suspensión de los efectos del acto administrativo impugnado conforme a la motiva del presente fallo.
2.- IMPROCEDENTE la solicitud de la medida cautelar innominada, conforme a la motiva del presente fallo.
3.- ADMISIBLE, el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de Suspensión de Efectos y subsidiariamente solicitud de medida cautelar innominada, por la abogada CLAUDIA GUZMÁN F., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 65.110, actuando en su carácter de apoderada judicial de la DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA, contra la Providencia Administrativa Nro. 2174-06, de fecha 24 de agosto de 2006, dictada por la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital, Municipio Libertador del Área Metropolitana de Caracas, en la que declaró SIN LUGAR la solicitud de despido incoada contra el ciudadano JOSÉ RAMÓN RODRÍGUEZ, portador de la cédula de identidad Nro. 11.484.257.
En consecuencia, se ordena citar a.....