En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior Estadal Sexto Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la "demanda por daños y perjuicios" interpuesta por el ciudadano SANTIAGO ANDRADE VILORIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.886.032, asistido judicialmente por la abogada María Angélica Betancourt, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 129.964, contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ.