declara SIN LUGAR la Querella interpuesta por el ciudadano MANUEL ENRIQUE GIL HUGAS, portador de la cédula de identidad N° V-11.204.952, asistido por el abogado Víctor Ramón Bermúdez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 64.738, contra el Instituto Autónomo Municipal de Protección Civil y Ambiente de Chacao del Estado Miranda, por destitución por falta de probidad.