declara:
1.- ADMITE el Recurso de Nulidad interpuesto conjuntamente con Suspensión de Efectos por la abogada MARÍA FERNANDA PULIDO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 123.276, actuando en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil AVON COSMETICS DE VENEZUELA C.A, inscrita originalmente en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda (ahora Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda) en fecha 26 de octubre de 1962, bajo el Nro. 76, Tomo 34-A y posteriormente inscrita por ante el mismo Registro a causa de refundición de su Documento Constitutivo/Estatutario el 25 de octubre de 1982 bajo el Nro. 78, Tomo 133-A-Sgdo, contra la Providencia Administrativa Nro. 371-2008, de fecha 21 de noviembre de 2008, dictada por la Inspectoría del Trabajo "José Rafael Núñez Tenorio" con Sede en Guatire Estado Miranda.
2.- NIEGA la suspensión de los efectos solicitada, conforme a l.....