declara:
1.- ADMITE, la querella funcionarial interpuesta conjuntamente con Amparo Cautelar por la ciudadana MARÍA DE JESUS BULLONES DE SALDIVIA, portadora de la cédula de identidad Nro. 4.386.017, asistida por el abogado LUIS ALFREDO SALDIVIA PEÑALOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 90.024, mediante la cual solicita el pago de la cantidad de DOSCIENTOS TREINTA Y UN MIL TRECIENTOS SESENTA Y SEIS BOLÍVARES CON DIECISEIS CÉNTIMOS (Bs. 231.366, 16) por concepto de quincenas dejadas de pagar, bono vacacional año 2009, cláusula, bono de asistencia al jubilado, aumento por Decreto Presidencial al Ministerio del Poder Popular para la Educación.
En consecuencia, se ordena citar a la Procuradora General de la República e informar al Ministro del Poder Popular para la Educación.
2.- PROCEDENTE, el amparo cautelar solicitado, y en consecuencia se ordena la cancelación a la actora de su pensión de jubilación, desde el momento en que sean notificados la Procuradora General de.....