declara INCOMPETENTE para conocer de la demanda incoada por el ciudadano RAIFF HAZANOW JASPE, abogado inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro 18.224, en su carácter de apoderado judicial del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (I.V.S.S.), organismo autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio e independiente del Fisco Nacional, creado por ley según consta en Gaceta Oficial de la República de Venezuela, hoy República Bolivariana de Venezuela, Nº 1.096 Extraordinaria, de fecha 6 de abril de 1967, cuya última modificación fue publicada en la Gaceta Oficial Nº 4.322 Extraordinario de fecha 3 de octubre de 1991, con domicilio principal en la ciudad de Caracas, contra el ciudadano José Francisco Doubront Sánchez, portador de la Cédula de identidad Nro. 3.689.410, por resolución de contrato de arrendamiento, en consecuencia, declina su competencia en el Juzgado Civil correspondiente, que en virtud de la cuantía de la presente demanda y de acuerd.....