declara:
1.- PARCIALMENTE CON LUGAR, la querella interpuesta por la ciudadana SARA CELINDA MADURO CHIRINOS, representada de abogada, identificadas en el encabezamiento del presente fallo, mediante la cual solicita el pago de la diferencia de prestaciones sociales, canceladas por el Ministerio de Educación Superior hoy Ministerio del Poder Popular para la Educación.
2.- NIEGA el pago de la diferencia de las prestaciones sociales, solicitada por la actora, con fundamento en la parte motiva del presente fallo.
3.- ORDENA el pago a la actora de los intereses moratorios causados por el retardo del pago de las prestaciones sociales, calculadas desde el 1 ° de octubre de 2003, hasta el 08 de noviembre de 2006.
4.- ACUERDA practicar una experticia complementaria del fallo, conforme con lo expresado en la motiva de la presente decisión.