En mérito de lo antes expuesto, este Juzgado Superior Estadal Sexto Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la LILIAN JOSEFINA ZAMORA PAREDES, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 6.522.886, asistido judicialmente por el abogado Carlos Manuel León Villamediana, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 156.947, en su condición de Defensor Público Auxiliar Primero (1°) con competencia en materia Contencioso Administrativa del Área Metropolitana de Caracas, contra la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL MARÍTIMA DEL CARIBE (U.M.C.).
Se ORDENA notificar al ciudadano PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de la publicación de la presente sentencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 de la Ley Orgánica de la Procuraduría Genera.....