En mérito de la motivación que antecede, este Juzgado Superior Estadal Sexto Contencioso Administrativo de la Circunscripción de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por ejecución de fianza incoada por los abogados Rafael Domínguez, Alejandro Urdaneta, Luis Cárdenas y Guillermo Aza, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 105.112, 138.836, 71.833 Y 120.986, respectivamente en representación del INSTITUTO AUTÓNOMO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS DEL ESTADO MIRANDA, contra la SOCIEDAD DE GARANTÍAS RECÍPROCAS PARA LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, S.A. en la demanda por ejecución de fianza de anticipo y fiel cumplimiento; en consecuencia se condena a la referida aseguradora al pago de los siguientes conceptos:
PRIMERO: Se CONDENA a la empresa "SOCIEDAD DE GARANTÍAS RECÍPROCAS PARA LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA DEL ESTADO ANZÓATEGUI", a la cancelación al INS.....