declara:
1- IMPROCEDENTE la Medida de Amparo Cautelar.
2- INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo de nulidad intentado conjuntamente con acción de amparo cautelar por el abogado MIGUEL JOSÉ APARCEDO MARTÍNEZ, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil SUPERMERCADOS UNICASA C.A., anteriormente identificados, contra la Providencia Administrativa Nro. 060-2006, correspondiente al expediente Nro. 030-2006-01-00060, dictada por la Inspectoría del Trabajo "José Rafael Núñez Tenorio" con sede en Guatire, Estado Miranda, de fecha 23 de febrero de 2006 y notificada el 08 de marzo de 2006, mediante la cual se declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoado por la ciudadana RAMONA JOSEFINA TORRES DE MORA, portadora de la cédula de identidad Nro. 6.807.456.