declara CON LUGAR, la querella interpuesta por el ciudadano CESAR ARISTIDES LOPEZ PERALTA, titular de la cédula de identidad Nº V-3.882.463, representado por los abogados Brígido Barrios Aponte y Guzmán Pineda, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 65.658 y 69.069, respectivamente, contra el acto administrativo dictado por el Contralor del Municipio Carrizal del Estado Miranda, contenido en la Resolución Nº 029/2006, publicado en la Gaceta Municipal del Municipio Carrizal Extraordinario Nº 46/2006, de fecha 21 de agosto de 2006, mediante la cual se suspenden los efectos jurídicos de la Resolución Nº 0086/2005 publicada en la Gaceta Municipal Nº 188, de septiembre de 2005, dictada por el Alcalde de dicho Municipio en la cual se concede la Jubilación Especial, notificada a través de comunicación Nº CM-06-04-055 de fecha 5 de septiembre de 2006.
En consecuencia se declara la nulidad del acto administrativo contenido en la Resolución Nº 029/2006, publicado en la Gaceta Municipa.....