En virtud de lo antes expuesto, y que la reformulación no fue presentada ante este Órgano Jurisdiccional en la fecha correspondiente, este Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara, CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesta por el abogado RONALD GONZALEZ GUERRA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 102.777, actuando en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano ALEXANDER JOSÉ GUEVARA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula Identidad N° 9.956.770, contra EL CUERPO DE POLICÍA DEL MUNICIPIO PLAZA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.