En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda patrimonial incoada por el abogado Dairon Andrés Del Valle, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-14.363.625, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 127.910, actuando en su carácter de sustituto del ciudadano Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela por órgano del Ministerio del Poder Popular para el Ambiente, contra la Sociedad Mercantil Cooperativa Proyca 2006 R.L y la Sociedad Mercantil Universal de Seguros, C.A.. En consecuencia:
PRIMERO: Se ordena el pago del REINTEGRO DEL ANTICIPO DEL 40%, por la cantidad de bolívares DOSCIENTOS NUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y UN CON CINCUENTA Y TRES CÉNTIMOS (BS.F. 209.591,53) de conformidad con la motivación que antecede.
SEGUNDO: Se orden.....