En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara, CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa interpuesta por la abogada CRISTINA MENDES VASQUEZ , inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 97.032, respectivamente, actuando en representación de la ALCALDIA DEL DISTRITO METROPOLITANO, contra la Providencia Administrativa N° 1835-06, de fecha 16 de junio de 2006, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL DISTRITO CAPITAL MUNICIPIO LIBERTADOR SEDE NORTE, en la cual se declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos interpuesto por la ciudadana GOMEZ GIRALDO LUZ DARY, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 16.116.595.