Por los razonamientos y consideraciones que anteceden, este JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, sigue la FUNDACION NACIONAL "EL NIÑO SIMÓN" contra la FUNDACIÓN DE AMIGOS DEL CENTRO DE ATENCION MATERNO INFANTIL (FUNDACAMI), todos plenamente identificados al comienzo de este fallo; en consecuencia:
PRIMERO: Se declara RESUELTO el Contrato de Arrendamiento celebrado entre las partes autenticado ante la Notaria Vigésimo Primera del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 03 de Octubre de 2005, anotado bajo el Nro. 30, Tomo 35 de lo Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaría, que tuvo por objeto un inmueble propiedad de la demandante, plenamente ide.....