En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR, el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por los Abogados ALVARO BADELL MADRID, NICOLAS BADELL BENITEZ, ANGEL VASQUEZ MARQUEZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos 26.361, 83.023, 85.026.respectivamente, actuando como apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil Circulo de Lectores de Venezuela, contra la Providencia Administrativa Nº 0003-07 de fecha 8 de enero de 2007 mediante la cual la cual se materializó la sanción a la empresa recurrente por el incumplimiento del Decreto de aumento de salario N° 3.628, del Programa de Prevención de Accidentes, de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, y de la Norma COVENIN 2260; así como el incumplimiento de advertir por escrito a sus trabajadores sobre los rie.....