Por la motivación que antecede este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara Parcialmente Con Lugar, el recurso contencioso administrativo funcionarial incoado por la ciudadana Maritza Mercedes Sarmiento de Romero, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 3.910.190, representada por los abogados Anaul Rojas Guerra y Luishec Carolina Montaño Arismendi, inscritos en el Instituto de Previsión Social de los Abogados bajo los Nº 43.722 y 118.060, contra el Ministerio del Poder Popular para la Educación. En consecuencia, SE ORDENA cancelar los intereses generados por la demora en el pago de las prestaciones sociales de conformidad con el articulo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, desde el 01 de Octubre de 2004, hasta la fecha del efectivo pago efectuado por concepto de prestaciones sociales, siendo esto el 05 de Junio de 2007, para tales efectos este Juzgado ordena la.....