Por los razonamientos anteriormente expuestos, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo de la Región Capital, dicta lo siguiente:
1.- SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer el recurso de apelación interpuesto en el presente recurso de nulidad.
2.- PLANTEA EL CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA ANTE LA SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA.
3.- SE ORDENA LA REMISIÓN INMEDIATA DEL EXPEDIENTE A LA SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA.
Publíquese y regístrese
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en Caracas a ocho (08) día del mes de junio de dos mil once 7(2011). Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.