En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR, el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial incoado por la ciudadana XIOMARA COROMOTO CAMARGO GARCÍA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 4.819.151, asistida por el abogado FRANCISCO ENRIQUE BOLÍVAR BOLIVAR, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo la matrícula Nº 109.307, contra el Ministerio del Poder Popular para la Educación, por concepto de diferencia de prestaciones sociales y otros, en consecuencia:
PRIMERO: Se NIEGA el pago de diferencia por concepto de prestaciones sociales específicamente en cuanto a la prestación de antigüedad.
SEGUNDO: Se NIEGA la solicitud de diferencias generadas sobre los intereses de prestaciones sociales.
TERCERO: Se ordena el pago de los intereses moratorios generados sobre las prest.....