En mérito de las razones expuestas precedentemente, este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Parcialmente Con Lugar la querella funcionarial ejercida por la Abogada Xiomara Jamileth Sánchez Ramírez inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 56.133, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano Jean Carlos Mata Verde venezolano mayor de edad y titular de la Cedula de Identidad Nº 14.989.576, contra la Alcaldía del Municipio Sucre del Estado Miranda, en consecuencia:
Primero: se NIEGA el pago por concepto de diferencia de prestaciones sociales, pago de vacaciones del periodo 2009-2010, pago de bono vacacional vencido periodo 2009-2010, disfrute de vacaciones sociales 2010-2011, pago del bono vacacional fraccionado periodo 2010-2011, bono de fin de año fraccionado 2010, primera quincena del mes de noviembre de 2010 de acuerdo a los elemen.....