En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara DECAIMIENTO DEL OBJETO DEL ACTO ADMINISTRATIVO, del Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por los abogados Carlos Mata Díaz y Eduardo Valenzuela Flores, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 74.730 y 36.080, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano Michel Chakkal Nirouz, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-11.935.620, contra las Resoluciones Nros. 000265 y 001997, de fechas 26 de diciembre de 2012, y 12 de junio de 2013, emanadas de la Dirección de Control Urbano de la Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador de Caracas, mediante las cuales se resolvió sancionar a la Fábrica de Muebles LINA, C.A., c.....