DECISIÓN
En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara, CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa interpuesta por los Abogados CARLOS LUÍS HERNÁNDEZ y HÉCTOR JOSÉ VÁSQUEZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 10.287 y 19.577, respectivamente, actuando en su carácter de Apoderados Judiciales del INSTITUTO DE VIALIDAD Y TRANSPORTE DEL ESTADO MIRANDA (INVITRAMI), contra el Acto Administrativo Nº 0026-07, de fecha 29 de Enero de 2007, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN EL ESTE DE CARACAS. Publíquese, regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital con sede en Caracas, a los Trece (13) días del mes de Agosto del año Dos Mil Ocho (2008). Años 198º d.....