Por la motivación que antecede este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo de la Región Capital, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE, el presente recurso contencioso administrativo funcionarial incoado por el ciudadano Juan Agustín Vargas Villasmil, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° 2.736.243, representado por la abogada Marisela Cisneros Añez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 19.655, contra el Ministerio del Poder Popular para las Finanzas, por concepto de diferencia de prestaciones sociales, intereses moratorios e indexación. Así se decide.