Por la motivación que antecede este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la querella incoada por el ciudadano JAIRO ANTONIO CEDEÑO HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 10.872.662, representado por los abogados Carlos Humberto Cisneros, Antonio José Puppio G., Antonio José Puppio Vegas, Santiago Alejandro Puppio Vegas, Ezequiel Zamora Presilla, Ezequiel Zamora Arcaya y Rodrigo Gerd Krentzien A., inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 16.971, 8.730, 97.102, 127.956, 13.237, 115.211 y 75.178, respectivamente, contra el Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda.