En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR, el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial incoado por la ciudadana Iraima Sánchez Maradey, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 10.334.476, debidamente asistido por los Abogados Jaime Torres Fernández y Esteban Carpio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 51.232 y 104.881, contra Alcaldía del Municipio El Hatillo del Estado Miranda, en consecuencia:
PRIMERO: Se niega la inclusión de las comisiones (Obvenciones) en la fórmula de cálculo de los conceptos reclamados por la parte querellante.
SEGUNDO: Se niega el pago de las diferencias solicitadas en los conceptos de prestaciones sociales y bonificaciones de fin de año, por las consideraciones establecidas en la motiva.
TERCERO: Se niega el pago de l.....