Por la motivación que antecede este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso contencioso administrativo funcionarial incoado por la ciudadana Gloria Josefina Pérez de Sánchez, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° 2.145.774, asistida por la abogada Maria A. Valenzuela de Salazar, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 26.043, contra el Ministerio del Poder Popular para la Infraestructura, en consecuencia se ordena al Ministerio del Poder Popular para la Infraestructura la inclusión en el salario base para el cálculo de la pensión de jubilación, de la prima de Jerarquía devengada por la querellante de forma continua y permanente hasta el momento del otorgamiento del beneficio de jubilación.