En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley se declara INCOMPETENTE, para conocer y decidir la presente demanda patrimonial incoada por la ciudadana Vilma Elizabeth Canelón García, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V- 6.088.648, representada judicialmente por el ciudadano, Jesús Canelón García, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número V- 5.135.928 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 129.947 contra el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS). En consecuencia:
PRIMERO: Se DECLINA el conocimiento de la acción incoada a los Tribunales de Primera Instancia de Juicio de la Jurisdicción del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: Se ORDENA remitir el expediente a l.....