En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR el presente recurso contencioso administrativo funcionarial, interpuesto por la ciudadana DORYS ALICIA SULBARÁN CALDERÓN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.030.152, debidamente asistida por el abogado WILMER R. PARTIDAS R., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 39.279, contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR ÓRGANO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA VIVIENDA Y HÁBITAT; en consecuencia se acuerda el pago de los cesta ticket por los tres (3) meses anteriores a la fecha de interposición del presente recurso; entendiéndose que deberá computarse a partir del 13 de octubre de 2008, y cancelarse de manera periódica a la querellante, de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica de Alimentación y en .....