En mérito de las razones expuestas precedentemente este Juzgado Superior Séptimo en lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella funcionaria interpuesta por la ciudadana Petra del Valle Indriago Valdiviezo, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-9.459.384, debidamente asistida por los profesionales del derecho José Raúl Villamizar y Ali Josefina Palacios García, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo las matrículas Nº 17.226 y 53.813 respectivamente, contra la República Bolivariana de Venezuela por Órgano del Ministerio del Poder Popular para la Ciencia, Tecnología e Industria Intermedia a través del Instituto Nacional de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria ¿INAPYMI-. En consecuencia:
PRIMERO: Ordena al Instituto querellado a que procede al ajuste y revisión de la pensión de jubilación con base.....