Este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declara CON LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano BRAULIO JESÚS ADARMES PÉREZ, contra la decisión dictada por el Juzgado Vigésimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 9 de noviembre del año próximo pasado. Así se decide.
Se ordena a dicho Juzgado admitir la demanda y tramitar la misma conforme las disposiciones contenidas en la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios y el procedimiento breve previsto en el Libro IV, Título XII del Código de Procedimiento Civil.
Queda así revocada la decisión apelada.
Dada la naturaleza del presente fallo no ha lugar a costas.