Se declaró el Tribunal incompetente para conocer de la solicitud de autorización de venta de un inmueble presentado por los abogados Salvador Santoro Lombardo y Julio Guevara Colmenter, plenamente idntificados, en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana Berta Menin, viuda, Rezic, plenamente identificada y conforme a lo establecido en el artículo 70 del Código de Procedimiento Civil, el se procedió a plantear conflicto negativo de competencia y en consecuencia se ORDENA la remisión de la presente causa a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de que emita pronunciamiento sobre el conflicto de regulación de competencia planteado.