declara consumado el desistimiento del presente procedimiento que por COBRO DE BOLÍVARES, procedimiento intimatorio, incoara el abogado RAMSES OJEDA FIGUEREDO, actuando en su carácter de endosatario en procuración a favor del ciudadano EMILIO RODRÍGUEZ SANTORUN, en contra de los ciudadanos MARIO SUAREZ SÁNCHEZ y HUGO SALAS DAZA