Por las consideraciones antes expuestas este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, NIEGA impartirle la HOMOLOGACION DE LEY, a la transacción celebrada por ante la Notaría Publica Primera del Municipio Baruta del Estado Miranda, en fecha 05 de mayo de 2017, número 22, Tomo 52, Folios 71 hasta el 75, en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES incoada por MERCANTIL C. A., BANCO UNIVERSAL, (antes Banco Mercantil C. A., Banco Universal) domiciliado en la ciudad de Caracas, sociedad mercantil originalmente inscrita en el Registro de Comercio que llevaba el antiguo Juzgado de Comercio del Distrito Federal, el día 03 de abril de 1925, bajo el Nº 123, cuyos estatutos sociales modificados y refundidos en un solo texto constan de asiento inscrito en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial de Distrito Capital y Est.....