este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley levanta la medida de embargo ejecutivo decretada por este Juzgado en fecha 26 de mayo de 2006 y practicada en fechas 1° de agosto de 2011, y 6 de octubre de 2011, por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, sobre los inmuebles anteriormente identificados, de conformidad con el artículo 547 del Código de Procedimiento Civil. Ofíciese a la Oficina Subalterna de Registro del Segundo Circuito del Municipio Libertador del Distrito Capital, a los fines de que se sirva tomar nota de lo ordenado en el presente fallo.