este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara lo siguiente:
PRIMERO: Incompetente para seguir conociendo de la presente causa, por consiguiente, declina su competencia en el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con el artículo 51 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se ordena la acumulación de la presente causa con la causa contenida en el expediente signado con el Nº AP11-V-2010-000518, que cursa ante el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en virtud de la conexión que existe entre las mismas de conformidad con el ordinal 2° del artículo 52 del Código de Proce.....