este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, homologada en los términos señalados por éstas, la transacción en comento, por no ser contraria a derecho o alguna disposición expresa de la Ley y versa sobre derechos disponibles entre las partes. Se hace constar, que la presente causa se encuentra incoada por Banco Nacional de Crédito, C.A Banco Universal, contra Sociedad Mercantil "PACO`S POLLOS, C.A", en el Expediente N° AP11-M-2012-000108, de la nomenclatura particular de este Despacho, Asimismo se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme lo establece el Artículo 255 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena expedir por Secretaría copias certificadas de la transacción así como del presente auto que lo homologa, conforme a lo establecido en el A.....