Respecto de las pruebas promovidas por la parte actora, el tribunal declara lo siguiente:
PRIMERO: En cuanto a las probanzas discriminadas en el capítulo III, particular PRIMERO de la presente decisión, este tribunal declara parcialmente con lugar la oposición formulada por la representación judicial de la demandada-reconviniente y, en consecuencia, niega la admisión de las documentales contenidas en los ordinales 2, 3, 4, 6, 9, 10, 21, 23, 36 y 39; asimismo, admite las contenidas en los ordinales 1, 5, 7, 8, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 22, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 37, 38 y 40, salvo su apreciación en la sentencia definitiva.
SEGUNDO: En cuanto a la prueba testimonial discriminada en el capítulo III, particular SEGUNDO de la presente decisión, este tribunal declara sin lugar la oposición formulada y la admite salvo su apreciación en la sentencia definitiva. En consecuencia, se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado de Municipio Ordinario y Ej.....