PRIMERO: Se niega la admisión del mérito favorable que se desprende en autos. Así se decide.
SEGUNDO: Respecto de las documentales discriminadas en el Capítulo III, numeral "SEGUNDO" de esta decisión, este Tribunal pasa a pronunciarse respecto de su admisibilidad en los siguientes términos:
1. Se admiten las documentales discriminadas en los puntos 6 y 8, salvo su apreciación en la definitiva.
2. Se declaran sin lugar las oposiciones formuladas por la parte demandante y se admiten las documentales discriminadas en los puntos 9 y 10, salvo su apreciación en la definitiva.
3. Se niega la admisión de las documentales discriminadas en los puntos 1, 2, 3, 4, 5 y 7.
TERCERO: Respecto de las pruebas de informes discriminadas en el Capítulo III, numeral "TERCERO" de esta decisión, este Tribunal pasa a pronunciarse respecto de su admisibilidad en los siguientes términos:
1. Se admite la prueba de informes discriminada en el punto 3, salvo su apreciación en la definitiva. En consecuencia, .....