Como consecuencia de los elementos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, este Tribunal decreta la ampliación de la Medida de EMBARGO PREVENTIVO dictada previamente, sobre bienes muebles propiedad de la parte demandada, la sociedad mercantil CONSTRUCTORA PLANCO C.A., originalmente inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 31 de mayo de 1989, bajo el Nro 45, Tomo 76-A, modificados sus estatutos según asiento inscrito ante el Registro Mercantil Segundo del Estado Portuguesa, en fecha 10 de septiembre de 2008, bajo el número 12, Tomo 258-A, y del ciudadano URBANO DE FRANCISCO PALOMAR, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cé.....