éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECRETA medida de secuestro sobre el siguiente bien que a continuación se describe: "Un inmueble constituido por un local industrial distinguido con el Nº 2, ubicado en el 3er piso del edificio Los Hermanos, primera calle La Industria, Urbanización Palo Verde, Municipio Sucre del Estado Miranda, Caracas".-
A tal efecto y a los fines de practicar dicha medida, se ordena comisionar al Distribuidor de Los Juzgados de Municipio Ejecutores de Medidas Preventivas y Ejecutivas de la Circunscripción Judicial del Área metropolitana de caracas.
Asimismo, se deja expresa Constancia que si la parte demandada al momento de la practica de la medida aquí decretada, acreditare haber pagado los cánones demandado como insolutos, es decir, la cantidad de treinta y cuatro (34) cánone.....