En razón de todos los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declararon SIN LUGAR la pretensión de nulidad contenida en la demanda incoada por la ciudadana MARÍA ALEXANDRA CARDERERA QUINTANA en contra de las sociedades mercantiles PROYECTOS Y DESARROLLOS OV 37675, C.A., CORPORACIÓN MACHINERY 923 C.A. y el ciudadano JUAN MANUEL DE LIMA VILLALOBOS, todos plenamente identificados en el encabezado de esta decisión. Así se declara.
Se condena en costas de la presente acción a la parte demandante, por haber resultado totalmente vencida en este juicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil.