PRIMERO: CON LUGAR la demanda propuesta por la sociedad mercantil BANCO MERCANTIL, C.A. BANCO UNIVERSAL, en contra de la ciudadana CECILIA SOLANO FLORES.
SEGUNDO: En consecuencia ha quedado resuelto el contrato de venta con reserva de dominio celebrado entre la sociedad mercantil BANCO MERCANTIL, C.A. BANCO UNIVERSAL y la ciudadana CECILIA SOLANO FLORES.
TERCERO: Se ordena a la parte demandada la entrega del vehículo marca Hyundai, modelo Taxi 1,3 L 4M/T Sinc., año 1998, Tipo Sedan, Color Blanco Liberia, Serial de motor G4DGV513711, Serial de carrocería 8X1VF11LPWYM00286, Placa BE8-70T a la parte actora.
CUARTO: Se ordena que queden a beneficio de la parte actora, todas las cantidades de dinero recibidas por la demandada a título de indemnización por el uso del vehículo.
QUINTO: Se condena a la parte perdidosa en el presente juicio al pago de las costas procesales de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.