III
DE LA DISPOSITIVA
En base a las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decreta la conversión en divorcio de separación de cuerpos y bienes de los ciudadanos CHRISTIAN PIERRE VILLALOBOS ROJAS y YANNCALI REGALADO QUINTERO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nº V-10.347.006 y V- 11.408.747, respectivamente, de conformidad con lo previsto en el penúltimo y ultimo aparate del Artículo 185 del Código Civil.
En consecuencia, queda disuelto el vinculo matrimonial que contrajeron dichos ciudadanos por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Coche, Municipio Libertador del Distrito Federal, en fecha CHRISTIAN PIERRE VILLALOBOS ROJAS y YANNCALI REGALADO QUINTERO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nº V-10.347.00.....