este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de pago de los salarios y las prestaciones sociales, efectuada por los ex trabajadores de las sociedades mercantiles CARDIOFOAN DE VENEZUELA C.A., SELTER DE VENEZUELA C.A., CORPORACION DORMIMUNDO C.A.
Se ordena notificar a los síndicos liquidadores de la presente quiebra.